Canal Ético

agsdi-whatsapp

Área de cliente

Gestionar mal las horas extra es uno de los errores más caros que puede cometer una pyme. No solo por el riesgo de sanción de la Inspección de Trabajo, sino porque, si no llevas un registro fiable, la ley juega en tu contra: ante una reclamación, se presumen ciertas las horas que diga el trabajador si tú no puedes demostrar lo contrario.

En Orejana, asesoría laboral en Segovia, ayudamos a empresas de la provincia a registrar, compensar y pagar correctamente las horas extraordinarias de su plantilla. En esta guía te explicamos qué dice la ley sobre las horas extraordinarias obligatorias, cuáles son los límites, cómo se calculan y qué sanciones te arriesgas si no las gestionas bien.

 

Qué son las horas extraordinarias

El artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores define las horas extraordinarias como aquellas horas de trabajo que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria. La jornada ordinaria tiene un tope legal de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, por lo que cualquier hora que exceda esa media, calculada de forma anual y no semana a semana, tiene la consideración de hora extra.

Los motivos más habituales para recurrir a ellas son bajas en la plantilla, picos temporales de trabajo o incidencias urgentes que hay que resolver. Lo importante es que no pueden convertirse en una herramienta permanente para cubrir una carencia estructural de personal.

 

¿Las horas extraordinarias obligatorias existen?

Como norma general, la realización de horas extra es voluntaria para el trabajador. Sin embargo, existen dos excepciones en las que sí pueden considerarse horas extraordinarias obligatorias:

  • Cuando su realización se ha pactado expresamente en el convenio colectivo aplicable o en el contrato individual de trabajo, siempre dentro del límite legal de 80 horas anuales.
  • Cuando son necesarias para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes (fuerza mayor). En este caso, además, no computan dentro del límite de 80 horas anuales, aunque sí deben compensarse como tal.

 

Fuera de estos dos supuestos, un trabajador puede negarse a hacer horas extra sin que eso constituya una falta disciplinaria. Además, hay colectivos que tienen prohibido hacerlas en cualquier caso: los menores de 18 años y los trabajadores a tiempo parcial, que solo pueden realizar horas complementarias, con un régimen distinto.

 

Horas extras máximas: el límite de 80 horas anuales

El máximo de horas extras anuales que puede realizar un trabajador está fijado en 80 horas al año (artículo 35.2 ET). Este límite es imperativo y no puede ampliarse ni por convenio colectivo ni por acuerdo individual.

Sobre cuántas horas extras se pueden hacer al mes, la ley no establece un tope mensual como tal: el límite es anual, por lo que lo relevante es no superar las 80 horas en cómputo del año, independientemente de cómo se repartan entre los distintos meses.

No computan dentro de este límite las horas extraordinarias que se hayan compensado con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización, ni las realizadas por fuerza mayor.

 

¿A cuánto se paga la hora extra?

El precio de la hora extraordinaria lo fija el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, el contrato de trabajo, pero en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria.

Existe además un supuesto concreto en el que la ley fija un recargo mínimo: cuando la hora extra se realiza en un día que debería haber sido de descanso semanal o festivo, y no se compensa con descanso, la normativa establece un incremento mínimo del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria.

Por ejemplo, si un trabajador cobra 17 € la hora ordinaria y realiza una hora extra en festivo sin compensarla con descanso, el cálculo sería:

17 € × 1,75 = 29,75 € por esa hora extraordinaria.

 

Cómo compensar las horas extra: dinero o descanso

El artículo 35.1 del ET ofrece dos vías para compensar las horas extraordinarias:

  1. Retribución económica, según la cuantía fijada en convenio o contrato.
  2. Descanso compensatorio, equivalente al tiempo trabajado en horas extra.

Un dato que muchas empresas desconocen: si no hay pacto expreso en el convenio o en el contrato sobre cuál de las dos vías aplicar, la ley establece que la compensación por defecto es el descanso, no el dinero. En cualquiera de los dos casos, la compensación debe producirse dentro de los 4 meses siguientes a la realización de las horas extra.

 

Cálculo de horas extraordinarias: cómo hacerlo bien

El cálculo de horas extras exige, en primer lugar, tener un registro diario fiable de la jornada de cada trabajador, que permita diferenciar con claridad las horas ordinarias de las extraordinarias. El artículo 35.5 del ET exige, además de este registro, que la empresa totalice mensualmente las horas extra realizadas y entregue copia del resumen al trabajador, informando también a los representantes legales de la plantilla sobre el número de horas extraordinarias del mes.

Sin este control, calcular correctamente las horas extra es prácticamente imposible, y la empresa queda además en una posición de enorme vulnerabilidad si el trabajador reclama.

 

Cotización de las horas extra

Las horas extras están sujetas a una cotización adicional a la Seguridad Social, distinta de la cotización ordinaria. Esta cotización adicional se reparte igual que el resto de la jornada: aproximadamente un 23,6 % a cargo de la empresa y un 4,7 % a cargo del trabajador, para un total del 28,3 %.

Un matiz importante: el importe cotizado por horas extra no computa para calcular la base reguladora de prestaciones como el desempleo, el Fondo de Garantía Salarial o la formación profesional.

 

Qué pasa si hago más de 80 horas extras

Superar el límite de 80 horas extraordinarias anuales (sin que se trate de horas por fuerza mayor) constituye un incumplimiento de la empresa, no del trabajador, ya que es responsabilidad del empresario controlar y respetar ese tope. Las consecuencias pueden ser:

  • Sanción de la Inspección de Trabajo, ya que la transgresión de los límites legales en materia de horas extraordinarias se califica como infracción grave según el artículo 7.5 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Desde la actualización de 2021, el artículo 40.1.b) de la LISOS fija estas multas en 751 a 1.500 € en grado mínimo, 1.501 a 3.750 € en grado medio y 3.751 a 7.500 € en grado máximo.
  • Si además existe impago o falta de cotización de esas horas, la infracción puede calificarse como muy grave, con sanciones muy superiores.
  • Riesgo de que el trabajador solicite la extinción de su contrato por incumplimiento grave del empresario (artículo 50 ET), con derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

 

Orejana: tu asesoría laboral en Segovia para gestionar las horas extra de tu plantilla

Llevar un control correcto de las horas extraordinarias, desde el registro diario hasta el cálculo y la cotización, es clave para evitar sanciones y reclamaciones. En Orejana, asesoría laboral en Segovia, revisamos el registro horario de tu empresa y calculamos correctamente las horas extra de tu equipo.

Si además tu empresa está valorando ajustar plantilla, te explicamos también cómo funciona el despido por causas económicas y qué alternativas existen antes de llegar a esa vía.

Contacta con nosotros y te ayudamos a gestionar las horas extra de tu empresa sin riesgos.

 

Preguntas frecuentes sobre las horas extraordinarias

¿Cuántas horas extras se pueden hacer al mes?
La ley no fija un límite mensual, sino anual: un máximo de 80 horas extraordinarias al año por trabajador, salvo las realizadas por fuerza mayor, que no computan dentro de ese tope.
¿Puede la empresa obligar a hacer horas extra?
Solo si está pactado expresamente en el convenio colectivo o en el contrato individual, dentro del límite de 80 horas anuales, o cuando son necesarias por fuerza mayor. Fuera de esos casos, las horas extra son voluntarias para el trabajador.
¿Cómo se pagan las horas extras si no lo dice el convenio?
Si no hay pacto expreso sobre cómo compensarlas, la ley establece que la compensación por defecto es el descanso, no el pago en dinero, y debe producirse dentro de los 4 meses siguientes a su realización.
¿A cuánto se paga la hora extra en festivo?
Cuando se trabaja en un día que debería ser de descanso semanal o festivo y no se compensa con descanso, la ley exige un recargo mínimo del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria.
¿Los trabajadores a tiempo parcial pueden hacer horas extra?
No. Los contratos a tiempo parcial solo permiten horas complementarias, que tienen un régimen legal distinto en cuanto a límites y compensación. Registrar horas extra a un trabajador parcial puede derivar en que se reclasifique su contrato como jornada completa.
¿Qué pasa si un trabajador reclama horas extra y no tengo registro?
La carga de la prueba pasa a la empresa. Si no puedes acreditar con tus propios registros las horas realmente trabajadas, los tribunales suelen dar credibilidad a la versión del trabajador si aporta algún indicio razonable, lo que puede derivar en condenas económicas elevadas.
¿Las horas extra cotizan igual que las horas normales?
No exactamente. Cotizan de forma adicional, con un reparto aproximado del 23,6 % a cargo de la empresa y el 4,7 % a cargo del trabajador, pero ese importe no se tiene en cuenta para calcular la base reguladora de prestaciones como el desempleo.