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Si tienes un bar, restaurante o negocio de hostelería en Segovia con trabajadores a tu cargo, el convenio colectivo hostelería es la norma que marca cada decisión relacionada con tu plantilla: cuánto pagar, cuántas horas puede trabajar cada empleado y qué descansos les corresponden. No aplicarlo correctamente es uno de los motivos más frecuentes de sanción para los negocios del sector.

En Orejana ayudamos cada día a bares, restaurantes y establecimientos hosteleros a aplicar bien su convenio: desde las tablas salariales hasta la gestión de las horas extra. En esta guía te explicamos qué regula el convenio de hostelería, cómo se organiza por territorios y qué debes tener en cuenta si tienes camareros, ayudantes de cocina o personal de sala en nómina.

 

Qué es el convenio colectivo de hostelería y a quién se aplica

El convenio colectivo de hostelería es el acuerdo negociado entre las patronales del sector y los sindicatos que adapta el Estatuto de los Trabajadores a la realidad de bares, restaurantes, hoteles, cafeterías y empresas de catering. Regula, entre otros aspectos, los salarios mínimos, la jornada máxima, los descansos, las categorías profesionales y las condiciones de las horas extra.

Una particularidad importante del sector: no existe un convenio estatal único que fije las tablas salariales para toda España. El acuerdo laboral estatal de hostelería (ALEH) actúa como marco común, con la clasificación profesional, la jornada máxima y la formación, pero son los convenios provinciales o autonómicos los que concretan las cifras reales: salario base, complementos, pluses y vacaciones. Por eso dos camareros con la misma categoría pueden cobrar de forma distinta según trabajen en Segovia, Madrid o Baleares.

El orden que determina qué convenio se aplica a tu negocio es el siguiente:

  1. Convenio provincial, si existe uno específico para tu provincia.
  2. Convenio autonómico, si no hay convenio provincial.
  3. Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), como norma subsidiaria si no existe ninguno de los anteriores.

 

Convenio colectivo de hostelería en Castilla y León

Para un negocio de hostelería en Segovia, lo habitual es que se aplique el convenio colectivo provincial, que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y se revisa periódicamente junto con sus tablas salariales. Dado que estos convenios se actualizan con cierta frecuencia y las cifras concretas varían según la categoría y el nivel profesional, lo más seguro es verificar siempre el texto vigente y las tablas salariales actualizadas antes de confeccionar una nómina, en lugar de guiarte por cifras que puedan haber quedado desfasadas.

En Orejana revisamos qué convenio corresponde exactamente a cada negocio de nuestros clientes y mantenemos sus nóminas ajustadas a la última actualización salarial, evitando así diferencias retroactivas que un trabajador podría reclamar más adelante.

 

Categorías profesionales en el convenio de hostelería

El convenio de hostelería organiza al personal en grupos y niveles profesionales según sus funciones y responsabilidad. Las categorías más habituales en un bar o restaurante son:

  • Jefe de sala / maître
  • Camarero
  • Ayudante de camarero
  • Cocinero / jefe de cocina
  • Ayudante de cocina
  • Personal de limpieza y office

Cada categoría tiene asignado un salario base distinto según el convenio provincial o autonómico aplicable, además de los complementos que correspondan (nocturnidad, festivos, transporte).

Por eso, para saber con precisión el sueldo de un camarero a 40 horas semanales o el de un ayudante de cocina a 40 horas semanales, es imprescindible consultar la tabla salarial vigente del convenio de tu provincia, ya que estas cifras cambian con cada revisión salarial.

 

Jornada laboral, descansos y horas extra

La jornada en hostelería suele fijarse como jornada anual máxima en lugar de semanal, lo que permite distribuir las horas de forma irregular a lo largo del año para adaptarse a los picos de actividad, como los fines de semana o la temporada de verano.

Algunos puntos clave que marca el convenio:

  • Descanso entre jornadas: un mínimo de 12 horas entre el final de un turno y el inicio del siguiente.
  • Descanso semanal: 1,5 días como mínimo, aunque muchos convenios mejoran esta cifra a 2 días.
  • Horas extra: deben ser la excepción, no la norma, y están limitadas a 80 horas anuales por trabajador según el Estatuto de los Trabajadores. Se pueden compensar económicamente, con un recargo adicional sobre el valor de la hora ordinaria, o mediante descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes.
  • Cambios de turno: cualquier modificación del horario pactado debe comunicarse con un preaviso mínimo, ya que un cambio unilateral sin consentimiento puede considerarse una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Un registro horario digital y fiable es la mejor herramienta para demostrar que se respetan estos límites, especialmente porque la Inspección de Trabajo revisa este aspecto con prioridad en el sector.

 

Vacaciones, pagas extra y complementos salariales

El convenio de hostelería establece también los días de vacaciones anuales y el calendario de pagas extraordinarias, que en la mayoría de los territorios son dos al año (verano y Navidad), aunque algunos convenios incluyen una tercera paga adicional.

Además del salario base, es habitual que la nómina incluya complementos específicos del sector, como:

  • Plus de nocturnidad, para quienes trabajan en el turno de noche.
  • Plus de festivos, por trabajar en domingo o día festivo.
  • Complemento de antigüedad, en los convenios que todavía lo mantienen.

Gestionar bien estos complementos es tan importante como acertar con el salario base: es una de las fuentes más habituales de errores y de reclamaciones por parte de los trabajadores.

 

Qué ocurre si no se aplica correctamente el convenio

No aplicar el convenio colectivo de hostelería correctamente tiene consecuencias que van más allá de una sanción puntual. Si un trabajador reclama diferencias salariales, horas extra no abonadas o descansos no disfrutados, la empresa puede enfrentarse a una deuda retroactiva de todo el último año, además de la multa correspondiente.

Este tipo de incumplimientos suele detectarse, precisamente, durante una inspección de trabajo, que en el sector de la hostelería revisa con especial atención el registro horario, las horas extra y la correcta aplicación de las tablas salariales.

 

Orejana: tu asesoría laboral en Segovia para negocios de hostelería

En Orejana, asesoría laboral en Segovia, acompañamos a bares, restaurantes y negocios de hostelería en la gestión de nóminas, contratos y aplicación del convenio que les corresponde. Revisamos que cada categoría, complemento y hora extra esté correctamente reflejada, para que tu negocio esté protegido ante cualquier revisión.

Contacta con nosotros y te ayudamos a aplicar el convenio de hostelería sin errores ni sorpresas.

 

Preguntas frecuentes sobre el convenio colectivo de hostelería

¿Existe un convenio estatal de hostelería?
Existe el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), pero solo fija el marco común (clasificación profesional, jornada máxima, formación). Las tablas salariales concretas las establece cada convenio provincial o autonómico.
¿Qué convenio se aplica a un restaurante en Segovia?
Por norma general, se aplica el convenio colectivo provincial de hostelería de Segovia, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia. Si no existiera un convenio provincial vigente, se aplicaría el autonómico o, en su defecto, el ALEH.
¿Cuánto se paga de hora extra en hostelería?
El convenio aplicable fija el recargo sobre el valor de la hora ordinaria. Como alternativa, la empresa puede compensar las horas extra con descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes a su realización.
¿Las propinas cuentan como parte del salario?
No. Las propinas son una aportación voluntaria del cliente y quedan al margen de la nómina. El salario que marca el convenio es una obligación de la empresa independiente de las propinas que reciba el trabajador.
¿Puedo pagar más de lo que marca la tabla salarial del convenio?
Sí. Las tablas salariales del convenio son mínimos obligatorios. La empresa puede pactar y pagar salarios superiores, pero nunca por debajo de lo establecido.
¿Qué pasa si la Inspección de Trabajo detecta un incumplimiento del convenio?
Además de la sanción económica, la empresa puede enfrentarse a reclamaciones retroactivas de los trabajadores por diferencias salariales, horas extra no pagadas o descansos no disfrutados durante el último año.
¿Qué pasa si mi negocio de hostelería no tiene convenio provincial propio?
Si en tu provincia no existe un convenio específico para hostelería, se aplica el convenio autonómico correspondiente. Y si tampoco existiera uno a nivel de comunidad autónoma, entra en juego el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH) como norma subsidiaria, garantizando así que siempre haya un marco de referencia aplicable.